lunes, 10 de mayo de 2010

Presentación de la información efectivamente





Integración de entidades para tomar medidas frente a la amenaza de extinción


Llevando así, estas prácticas ilegales de trafico de fauna y flora, a un alto grado de amenaza de extinción y presionando a diferentes entidades a tomar medidas y a realizar estudios, tal es caso de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de fauna y flora silvestre (CITES), “esta convención o acuerdo entre países miembro entró en vigencia en 1975 y cuenta actualmente con 151 países miembro, fue desarrollada como una medida para evitar los efectos perjudiciales que pudiera tener el alto nivel de comercio internacional sobre la fauna y la flora silvestre.


El CITES establece un marco de referencia legal internacional para la prevención del comercio de especies amenazadas y regula la exportación, reexportación e importación de animales y plantas así como de sus partes y derivados. En Colombia, CITES fue aprobada mediante la ley 17 del 22 de enero de 1981 y entro en vigor el 22 de noviembre del mismo año, pese a que había entrado en vigencia desde 1975.


El ministerio del medio ambiente representa al gobierno nacional en referencia a la convención CITES y es a través del que se deben gestionar las entradas y salidas de especies o productos de la flora y fauna silvestre en el país”1.






Clasificación según el grado de amenaza.

Así mismo el cites ha propuesto unas categorías para clasificar las especies según el grado de amenaza que presenten; las categorías CITES son las siguientes:


“CITES Apéndice I: incluye todas las especies en peligro de extinción que son o pueden ser afectadas por el comercio.


CITES Apéndice II: a) todas las especies que en la actualidad no se encuentren en peligro de extinción, pero podrían llegar a esa situación a menos que el comercio este sujeto a reglamentación estricta.
b). especies no afectadas por el comercio que también deberían sujetarse a reglamentación con el fin de permitir un control eficaz de su comercio.
CITES Apéndice III: incluye todas las especies que cualquiera de las partes manifieste que se hallan sometidas a reglamentación dentro de su jurisdicción con el objeto de prevenir o restringir su explotación y que se necesite cooperación de otras partes en el control de su comercio”2 .


Otras categorías de amenaza que se utilizan para clasificar la diversidad biológica amenazada son las creadas por los libros rojos, estos libros son de gran ayuda para la orientación en la toma de medidas de conservación para las especies, estos libros evalúan el grado de amenaza de extinción en el que se encuentran las diversas especies. Desde el año 2002 el Instituto Alexander Von Humboldt, avalado por el MAVDT (ministerio de medio ambiente, vivienda y desarrollo territorial) ha publicado libros rojos para varias clases y grupos de organismos, estos listados fueron concebidos con base en las categorías globales de la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza UICN.





Las categorías son las siguientes:


“(EX) Extinta: cuando no queda duda de que el ultimo individuo de una especie existente esta muerto


(EW) Extinto en vida silvestre: cuando una especie sobreviven cultivo en caso de plantas o en cautiverio o como población (o poblaciones) completamente fuera a de su distribución original, tal como los zoológicos en caso de animales


(CR) Críticamente Amenazado: especie que enfrenta un riesgo extremadamente alto de extinción en estado silvestre en u futuro inmediato. La supervivencia de estas especies es improbable si los factores causales de la amenaza continúan operando. Incluye especies cuyo número ha sido reducido a un nivel crítico o cuyos hábitats han sido tan dramáticamente reducidos que se encuentran en peligro inminente de desaparecer.


(EN) En Peligro: son las especies que están en un alto riesgo de extinción en estado silvestre en un futuro cercano.


(VU) Vulnerable: son las especies que estarán en peligro de extinción en el mediano plazo. Esta categoría comprende las especies que están decreciendo por sobreexplotación, destrucción extensiva del hábitat u otra perturbación ambiental.


(LR) Bajo Riesgo: cuándo, después de una evaluación, una especie taxón no clasifica para ninguna de las categorías anteriores y la información sobre él es suficiente y puede ser:

*(NT) Casi Amenazado: taxa que está cerca de ser clasificada para una categoría de amenaza en el futuro.

*(LC) Preocupación Menor: taxa abundante y de amplia dis
tribución.
*(NC) Preocupación Menor: un taxón se considera no ha sido evaluado con relaciona estos criterios”3.


1.(documento) CORANTIOQUA. Guía para la protección de especies de fauna silvestre colombiana. Página 8

2. (documento) CORANTIOQUA. Guía para la protección de especies de fauna silvestre colombiana. Página 8

3.HUMBOLDT. Categorías de las listas rojas de la UICN. [en línea].http://www.humboldt.org.co/conservacion/cat-uicn.htm. citado el 8 de mayo de 2010


1 comentario:

  1. Muchas gracias por enriquecernos con semejante blog!! me llegó al corazón... Unámonos todos en contra del tráfico!

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